Por desgracia algunas manifestaciones pacíficas terminan en actos de vandalismo, saqueos, robos, quemas y destrucción. Señales de tránsito, luminarias, semáforos, bancas, estaciones de bus y patrullas de policía, son, entre otros, objeto de estos actos vandálicos. El costo que genera reparar y, con frecuencia, reemplazar el mobiliario urbano y los bienes públicos afectados lo asumen los que protestaron y los que no: el contribuyente.
Se protesta por una reforma tributaria, que de una u otra forma, tendrá que proveer los recursos para pagar por las consecuencias de daños causados por el Estado y por los particulares.
La violencia de estos desmanes no hace distinción entre bienes públicos y privados. Los comercios, supermercados, tiendas, carros de taxistas o de particulares que tuvieron la desdicha de encontrarse en el lugar equivocado, forman también parte de la larga cuenta que deja a su paso el vandalismo.
Las copropiedades no son ajenas a esta destrucción.
Vidrios rotos, fachadas cubiertas de grafiti, puertas y porterías de entrada destruidas, hendiduras de disparos, jardines echados a perder, iluminación artificial, rejas, enredados y cercas inservibles, hacen parte de la larga cuenta que, una vez pasada la tormenta, tendrán que asumir los copropietarios de centros comerciales y conjuntos cerrados.
A menos que la copropiedad cuente con una póliza de seguro con suficiente cobertura para daños derivados de vandalismo o un fondo de imprevistos para atender y financiar las obligaciones, obras o expensas que se presenten de forma imprevista o intempestiva, los copropietarios tendrán que fijar una cuota extraordinaria para reparar los daños o resignarse a vivir con ellos.
Es aquí, donde el administrador de la copropiedad debe salir a velar por los intereses de quienes lo han elegido. No obstante los copropietarios deben internalizar el costo de los daños causados a sus edificios por las protestas, es el administrador quien tiene el deber de formular la denuncia por daño en bien ajeno y orientar al consejo de administración sobre la posible formulación de una demanda por vía civil o administrativa, dependiendo de las circunstancias, para obtener la indemnización de los perjuicios sufridos por la copropiedad.
Palabras clave: manifestaciones · Daños causados a la copropiedad - a las zonas comunes · copropiedad
Carlos Rincón
Socio CARGO Estudio Jurídico
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